5 Normas de conducta
5.1 concepto normas de conducta.
Se
denomina normas de conducta al conjunto de reglas prácticas, que tienen por
objeto regular el comportamiento de las personas entre sí, encaminadas a lograr
una convivencia armónica . Se refieren a conductas deseadas como por ejemplo:
la forma correcta de saludar, pedir la palabra para hablar; comportarse de determinada
forma según el lugar y la circunstancia.
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5.2 sistemas de normas de conducta
Normas de trato social
Normas religiosas
Normas morales
Normas jurídicas
5.3 juicios enunciativos y
normativos
5.3.1 JUICIOS ENUNCIATIVOS:
Son los que rigen fenómenos
físicos o naturales y quedan comprendidos en el campo de lo que tiene que ser o
de lo que es, y estos pueden ser verdaderos o falsos Son aquellas que denotan
en que consiste un ser, qué es una realidad, la existencia de un hecho, el modo
regular de acontecer unos fenómenos, etc."1 Se refieren a algo que es, que
fue o bien que será, es decir, a algo que está, estuvo o estará dado realmente.
Un ejemplo: una ley científica, ley de la gravedad, etc.
En relación a los juicios o
proposiciones normativas, estás no se refieren a la realidad de los hechos ni a
la manera como éstos se desarrollan, sino que por el contrario hacen mención a
un deber ser, esto es, establecen un comportamiento como debido, como debiendo
ser, enuncian pues, lo que nunca se haya observado ni se vaya a observar. Como ejemplo
podemos citar las normas jurídicas, la moral, los usos sociales, et
5.3.2 JUICIOS NORMATIVOS:
son los que rigen la conducta de las personas, pertenecen al campo de lo que
debe ser, como lo ético y lo moral, y estos pueden ser válidos o inválidos.
5.4 juicios enunciativos existenciales o del ser
Se denominan juicios enunciativos a aquellas reglas que señalan
un camino para conseguir determinados fines. Las reglas técnicas constituyen juicios
enunciativos, ya que nos señalan los pasos a seguir para llegar a
obtener determinados resultados. Lo mismo podríamos decir de la
ley natural, que nos señala relaciones constantes entre los fenómenos
a los cuales se refiere. Los juicios enunciativos contienen afirmaciones, que
al ser sometidos a comprobación, pueden resultar verdaderos o falsos.
Verdaderos, si el camino que se nosseñala por la regla técnica o por
la ley natural, producen los efectos previamente señalados. Ejemplo: los metales ante la acción del
calor aumentan su volumen.
5.5 Juicios Atributivos, imputativos, normativos
o Juicios del Debe ser.
Son aquellos que plantean posibilidades, supuestos,
hipótesis, que se refiere al comportamiento humano. Los juicios normativos
pueden ser validos o inválidos, es decir, que para esta clase de juicios
el problema no es verdadero o falso como ocurre con los juicios
enunciativos, sino quede validez o invalidez. Son validos los juicios
enunciativos, si para su creación se ha seguido las formalidades señaladas o
bien lo damos como tal cuando revisten determinado carácter y por la
naturaleza de los mismos. Los juicios normativos son inválidos, sino se ha llenado la formalidad necesaria para su creación o bien
porque han sido objeto de abrogación, derogación o simplemente porque eran de
vigencia temporal y se ha cumplido el tiempo para el cual fueron dictados,
Ejemplo: las normas jurídicas.
5.6 Concepto de Norma Jurídica
Una norma jurídica es
una prescripción dirigida a la ordenación del
comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo
incumplimiento puede llevar a una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
MAS DEL TEMA--> https://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
5.7 Características de las Normas Jurídicas.
·
Bilateralidad: Consiste
en que al mismo tiempo que impone obligaciones, también concede derechos a uno
o varios sujetos.
·
Generalidad: se impone a
un número indeterminado de personas, en forma abstracta, dirigida a todas las
personas comprendidas en una situación determinada.
·
Imperatividad: es un
mandato, ordena, no pide por favor...
·
Coercibilidad: posibilidad
de emplear la fuerza cuando es desobedecida, (sanción en potencia).
·
Exterioridad: rige la
actividad externa de las personas.
·
Heterónoma: la norma es
impuesta a las personas desde afuera, no surge del propio sujeto.
5.8 Clasificación de las normas Jurídicas.
5.8.1 Coordinadas: Son
aquéllas normas que tienen igual categoría o rango entre sí.
5.8.2 Subordinadas:
Son aquéllas que se encuentran supeditadas o dependientes a otras de mayor
grado jerárquico.
5.9 Concepto de normas morales.
son
aquellas normas por las que se rige la conducta de un ser humano en su relación
e interacción con la sociedad, la moral se relaciona con el estudio de la
libertad y abarca la acción del hombre en todas sus manifestaciones. Es una
norma de carácter autónoma, incoercible, unilateral e interna. Son aquellas conductas impuestas
por la sociedad como obligatorias, sin embargo su acatamiento es voluntario y a
falta de acatamiento, tiene como consecuencia el rechazo de la misma sociedad,
es una de las fuentes
formales del derecho.
MAS DEL TEMA-->https://www.academia.edu/14310237/CLASIFICACION_DE_LAS_NORMAS_JURIDICAS_POR_SU_JERARQUIA
5.10 Características de las normas morales.
·
Autónoma. Es una norma completa ya que la autonomía. viene dada en su
cumplimiento. Por ejemplo la norma moral prescribe que debe decirse siempre la
verdad y corresponde al sujeto determinar si aplicará o no tal forma.
·
Incoercible. No se puede exigir su cumplimiento.
·
Unilateral. Sólo una de las partes la impone y no existe otra que pueda exigir su
cumplimiento.
·
Interna. Su campo de acción se inicia en la conciencia.
MAS DEL TEMA-->https://definicionlegal.blogspot.com/2012/09/norma-moral.html
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5.11 Concepto de Normas Religiosas
Las
normas religiosas son aquellas leyes consideradas obligatorias para que el
hombre alcance la santidad. Este tipo de normas plantean las exigencias que el
hombre debe cumplir para agradar a Dios y asi ganarse un paso al paraíso.
MAS DEL TEMA-->https://definicionlegal.blogspot.com/2011/06/norma-religiosa.html
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5.12 La regla Técnica y la Ley natural.
Ahora bien, como dentro de la
normativa ética hay normas jurídicas, morales, religiosas y del trato social, y
aquí solo nos interesa las jurídicas, nos referiremos a la regulación técnica y
a la regulación jurídica de la conducta humana. Y para diferenciarlas vamos a
decir que la Regla Técnica se refiere a los medios o al cómo de la
acción y la Norma a los fines o al para qué de tal acción; sobre esa base vamos
a definir que Técnica es el conjunto de procedimientos que se siguen
para llegar a un objetivo dado o realizar un fin concreto y Regla Técnica,
la regla de conducta que se refiere a la realización del fin concreto de la
voluntad, enunciando los momentos, pasos o procedimientos que hay que seguir
para alcanzar el fin propuesto.
Las leyes naturales por
consiguiente, se manifiestan a través de juicios enunciativos, los cuales según
la identidad de éstos o no con la realidad se dividen en verdaderos y en
falsos. Los verdaderos, que son los que nos interesan, pueden ser verdades de
hecho a las cuales llegamos por medio de la experiencia (por ejemplo, está
lloviendo, el calor dilata los cuerpos, etc.) y verdades lógicamente necesarias
a las cuales llegamos por medio de la razón (por ejemplo, la línea recta es una
sucesión de puntos).
MAS DEL TEMA-->https://iuris-ues.blogspot.com/2019/03/norma-regla-tecnica-y-ley-natural.html
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